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La verdadera historia sobre el aumento de impuestos en Brasil
y como ésto afectará a las exportaciones argentinas
Análisis de la Medida Provisoria N* 135 (aumento del Cofins) Desde que el presidente Lula da Silva, firmó la Medida Provisoria N* 135, mucho se dijo y mucho se escribió.
La mayoría, no fue correcto. Esto incluye también a nuestro último informe.Para entender mejor, vamos a realizar un paralelismo con los impuestos argentinos
Desde el punto de vista tributario, el PIS/PASEP y el Cofins, es para Brasil (Era. Ahora no es más) como los Ingresos Brutos en Argentina.
Podríamos colocar como una diferencia menor a efectos del ejemplo, que el PIS/PASEP y el Cofins, son impuestos federales en tanto los Ingresos Brutos son impuestos provinciales.Cada vez que alguien emite una factura, debe pagar la alícuota de ingresos brutos (coloquemos el ejemplo del 3%)
Esto es un costo para toda aquella empresa que emite una factura.
El producto importado – en el proceso de nacionalización – no paga ingresos brutos.Supongamos que el Gobierno argentino decide elevar la alícuota del ingreso bruto del 3% para el 7,6% y retira la acumulatividad del pago. En otras palabras, lo que una empresa paga como impuesto es un crédito fiscal para el eslabón siguiente.
El producto importado continúa sin pagar el impuesto en el momento de la nacionalización (de allí la afirmación que no se aumentó la carga tributaria al producto importado)Cuando uno de los eslabones de la cadena comercial debe comprar un producto, puede elegir entre comprar el producto nacional (donde se acreditará del impuesto pagado por el eslabón anterior) o importar el producto (donde no pagará el impuesto y por tal motivo, no tendrá ningún crédito fiscal)
Este es el resumen de la medida provisoria N* 135 en lo que a importaciones y productos nacionales se refiere Una observación importante sería que el PIS/`PASEP, que tenía una alícuota del 0,65%, tuvo un aumento – también por medida provisoria- pasando a una alícuota total del 1,65% donde el producto importado no paga PIS/PASEP en la importación y tampoco se acredita para el siguiente eslabón, y donde si el producto es comprado de una empresa brasileña, el comprador se acredita del 1% sobre la alícuota del 1,65%.
La Medida provisoria N* 135 tiene como puntos mas importantes los siguientes: 1El Cofins, que antes tenía una alícuota del 3%, pasa a tener una alícuota del 7,6% 2Se pierde la acumulatividad del impuesto. Lo que antes era un costo directo para quien facturaba, sin que fuera un crédito fiscal para quien compraba, pasa a generar un crédito del 7,6% por el valor de la factura de compra (sin considerar al ICMS, que es un impuesto provincial) 3En ningún lugar de la MP N* 135 dice que el producto importado paga, ni éste ni ningún otro impuesto que a la fecha no se estuviera tributando. 4Existen excepciones para este aumento de alícuota (empresas que tributan el impuesto a las ganancias por lucro presumido, por citar un ejemplo)
Preguntas y respuestas para entender la nueva norma: 1El producto importado por una empresa brasileña, va a pagar algún impuesto en el proceso de nacionalización?
NO. No se agrega ningún impuesto al cálculo de nacionalización. Se continuará pagando el impuesto de importación (para productos extra-mercosur), Impuesto al producto industrializado – IPI – (la alícuota va a depender de cada NCM) y por último el Impuesto a la Circulación de Mercaderías y Servicios – ICMS – (que dependerá de la alícuota del estado / provincia donde se importe el bien)
2Brasil aumentó las cargas sociales y los exportadores argentinos están pagando este aumento ?
NO. Ni el PIS/PASEP ni COFINS son cargas sociales. Se trata de contribuciones que tienen como fin la financiación de programas sociales. Las cargas sociales se tributan en función de los sueldos y básicamente incluyen el INSS, el FGTS, agregado de vacaciones, aguinaldo, etc.
3Las exportaciones brasileñas tendrán subsidios que antes no tenían?
Si y NO. El PIS/PASEP y COFINS, ya no formaban parte del costo del producto a ser exportado, de la misma forma que el IPI y el ICMS. Lo que se agrega a partir de la medida, es que la empresa exportadora se podrá acreditar del COFINS incluído en la compra de los insumos para la producción del bien a ser exportado.
Se observa que antes de la medida provisoria N* 135, ya se acreditaba del 1% del PIS/PASEP. También se acreditaba del IPI en forma presunta. 4La medida va a complicar a las exportaciones argentinas a Brasil ?
SI y NO. (ver el ejemplo numérico a continuación). La medida complicará en cierta medida a las exportaciones de cualquier origen. Las argentinas sufrirán también, pero continuaremos teniendo mejores condiciones respecto de exportaciones a Brasil de terceros mercados.
5Que productos van a sufrir más el impacto del aumento del Cofins?
No se podría concluir una diferenciación por sectores y si de acuerdo a la formación de la cadena comercial. Un ejemplo claro podría ser un importador que compra un producto para ser vendido directo al consumidor final, tendría un impacto mayor que quien compra un insumo industrial
6La medida complica específicamente a los productos agropecuarios argentinos (trigo por ejemplo) ?
NO. De hecho la medida no tiene ningún impacto con el primer eslabón de la cadena productiva (ver ejemplo práctico a continuación) ya que para este eslabón, existe un aumento concreto de la tributación, sin que pueda tomar ningún crédito fiscal. De esta forma el productor de trigo brasileño, tendrá que pagar el 7,6% de Cofins y el 1,65% de Pis/Pasep, sin tener ningún crédito para descontar.
El importador de trigo pagará el mismo impuesto cuando lo venda al siguiente eslabón sin tener tampoco ningún crédito fiscal.
ESTA OBSERVACIÓN ES SUMAMENTE IMPORTANTE PARA EVITAR ERRORES DE INTERPRETACIÓN. 7Existe alguna excepción a la Medida Provisoria respecto del aumento de la alícuota del 7,6% en el Cofins ? (de la misma forma del aumento del Pis/Pasep del 0,65% al 1,65%)
SI. Las empresas brasileñas que se encuentran encuadradas en el SIMPLES – similar al monotributo de Argentina – y las empresas que tributan el impuesto a las ganancias por lucro presumido (ganancia presunta) no deben pagar el aumento de ambas alícuotas.
Este concepto es interesante de analizar porque el impacto de un producto importado en este caso cambiaría notoriamente. No son pocas las empresas brasileñas que tributan ganancia por Lucro Presumido. 8Además del aumento de la Alícuota del COFINS y de la no acumulatividad de la contribución, algo más cambió en el régimen tributario brasileño?
SI. El Impuesto al producto industrializado – IPI – que actualmente se paga cada diez días, se pagará cada 15 días y a partir del año 2005, se pagará una vez por mes únicamente.
También se alteraron las retenciones que las empresas deben hacer a los prestadores de servicios. Hasta la medida provisoria, quien contrataba un servicio debia retener el 1,5% en concepto de anticipo a las ganancias. A partir de la medida, quién contrata servicios en Brasil, debe retener la Contribución Social sobre Lucro Líquido – CSLL – la COFINS y el PIS/PASEP 9Como quedan los casos de industrialización “por cuenta y orden”?
Quien solicita la industrialización por cuenta y orden, deberá tributar el 2,2% de PIS/PASEP y el 10,3% de COFINS, tomando como base de cálculo el valor de la factura de venta del producto. La empresa que prestó el servicio industrial, no deberá tributar ninguno de los dos impuestos.
10La medida conseguirá disminuir la evasión fiscal en Brasil?
No se sabe, pero lo cierto es que tiene, también, esta intención.
Antes del cambio, se propiciaba de alguna forma a la evasión, para no tributar ningun impuesto y específicamente ni PIS/PASEP ni COFINS. El perder la acumulatividad, quién compra en negro no se acreditará fiscalmente y consecuentemente solicitará la emisión de la factura (que antes no reclamaba). El blanqueo en este caso, necesariamente generará un aumento en el valor de venta del producto ya que no se agregará sólo el costo del PIS/PASEP y COFINS sino también la incidencia de los otros impuestos que, al no emitirse la factura comercial, no eran tributados.Cómo queda el producto argentino con la nueva norma ? (ejemplo práctico)
Para ponderar en forma objetiva el impacto de la norma para una empresa argentina que exporta sus productos a Brasil, debemos comenzar la cadena productiva desde el primer eslabón.
En Brasil El primer eslabón productivo no se acredita de ningún impuesto (IPI; ICMS) ni contribución (PIS/PASEP – COFINS).
De esta manera, para este eslabón existe un aumento concreto de la carga tributaria del 5,6%.
4,6% del aumento del COFINS y 1% el aumento anterior del PIS/PASEP
Este aumento, irremediablemente debe ser transferido al siguiente eslabón o asumido como pérdida de rentabilidadEn Argentina
El mismo primer eslabón de la cadena productiva no tiene ningún aumento en la carga tributaria y en contraposición, excluye todos los impuestos al determinar el valor de exportación. Si consideramos R$ 1 = $ 1 (en términos nominales), podemos concluir que todo producto brasileño tendrá un aumento en la base productiva y que este aumento no se observará en el producto argentino Naturalmente el pasar de un eslabón a otro de la cadena productiva o de comercialización, irá generando créditos fiscales para la empresa brasileña y no lo hará para quien importe el producto Esto se aplica si el producto es un bien final. Si el producto fuera insumo, el impacto de la medida es parcial, considerando que la empresa que importa, se acreditará de las contribuciones por el resto de los insumos y servicios consumidos en la escala productiva anterior.Si la empresa brasileña es mano de obra intensiva, el crédito fiscal por la compra de insumos es menor que si no lo es, ya que los costos laborales no generan créditos fiscales de COFINS ni de PIS/PASEP
En lo que se refiere al último eslabón de la cadena comercial (quien le vende al consumidor final, según conversaciones con algunos empresarios en esta posición, el aumento del 4.6% en la alícuota del COFINS, será repasado al precio final (recordar que ya hubo un aumento también en el primer eslabón)
Ejemplo en números Empresa A (primer eslabón de la cadena productiva) Valor de venta del producto antes del cambio de legislación R$ 100
(ya asumía 0,65% de PIS/PASEP y 3% de COFINS)Valor de Venta para el siguiente eslabón (B) del producto después del cambio de legislación R$ 105,6 (1% de Pis/Pasep y 4,6% de Cofins) Valor de costo para el siguiente eslabón (B) en caso de producto importado R$ 100 B compra un producto brasileño de A y paga R$ 105,6 Tiene como crédito R$ 8,03 de COFINS B compra el producto importado y paga R$ 100 sin tener ningún crédito Cuando B vende el producto al próximo participante de la cadena, realiza el siguiente cálculo (imaginemos con una contribución unitaria de R$ 50 por unidad en el caso del producto nacional y de R$ 55,6 para el caso del producto importado. Ambos serían vendidos al próximo participante al mismo precio)
Producto brasileño Producto importado
Valor de venta R$ 155,6 Costo (R$ 105,6) Crédito fiscal R$ 8,03 Débito fiscal (R$ 11,83) Resultado final R$ 46,2
Valor de venta R$ 155,6 Costo (R$ 100) Crédito fiscal R$ 0,00 Débito fiscal (R$ 11,83) Resultado final R$ 43,77 Incidencia efectiva de la medida R$ 2,43 (R$ 46,2 – R$ 43,77) Representa el 1,56% sobre el precio de venta del producto Conclusiones:
Según lo visto en el informe y luego de analizar la medida provisoria N* 135, Argentina no podría efectuar ningún reclamo diplomático
Si lo deseara, podría imitar la medida respecto de los ingresos brutos y Brasil no podría reclamar tampoco El mundo de los negocios no es fácil. Si lo fuera, habría más empresarios que empleados.
Estos inconvenientes nos obligan a ser creativos.Existe un impacto negativo. Esto es indudable, pero el impacto no es tan grave como se imagina. Brasil nos tiene acostumbrados a estos cambios.
Restricción a la financiación de las importaciones, licencias de importación, trabas burocraticas en la nacionalización de productos, requisitos de registros para determinados productos, etc, etc. En todos los casos citados anteriormente, la creatividad, el conocimiento, la información y la voluntad, revirtieron un impacto negativo en el flujo comercial. No será diferente en este caso. Basta proponerselo e investigar en lugar de quejarse, sin aportar soluciones
Gustavo Segre
gustavo@centergroup.net
Analista del Mercosur
Info@centergroup.net
Germán Segre
german@centergroup.net
Analista del Mercosur
Info@centergroup.net